El TC declara ilegal el parón de la actividad parlamentaria del primer estado de alarma

Nuevo varapalo al Gobierno en lo referente a la gestión de la pandemia: el Tribunal Constitucional ha dictaminado que la suspensión de la actividad parlamentaria en el Congreso durante el primer Estado de Alarma -en marzo de 2020- fue inconstitucional.

Así lo ha entendido el tribunal de garantías, que con 6 votos afirmativos y 4 en contra, entre ellos el del presidente de la sala (que ha emitido un voto particular) ha dado la razón a VOX, que interpuso un recurso de amparo en contra de una decisión que en un primer momento incluso llegaron a solicitar a la Mesa del Congreso.

En concreto, el TC considera que se vulneró el artículo 23 de la Constitución, en el que se estipula que "los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal". Por tanto, se considera que "no se puede -en ningún caso- interrumpir el funcionamiento de ninguno de los poderes constitucionales del Estado y, de modo particular, el Congreso de los Diputados"

Esta decisión supone el segundo gran revés para el Ejecutivo, que ya vio cómo hace unos meses, el mismo tribunal declaro inconstitucional el confinamiento domiciliario del primer estado de alarma.

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